A propósito de la nueva Ley que habilita la libre disposición del 100% de los depósitos de la CTS, en este artículo repasaremos de qué hablamos cuando nos referimos a este beneficio, los cambios prácticos que ha sufrido la figura en los últimos años y cuál es la situación actual que enfrenta ante la nueva disposición dictada por el gobierno.

Previo análisis, entendamos de qué estamos hablando.

¿Qué es la CTS?

La compensación por tiempo de servicios (CTS) tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajo del trabajador y su familia.

¿Qué quiere decir esto? La CTS está prevista en nuestra legislación como una suerte de seguro de desempleo, cuyo monto es depositado en una entidad bancaria y del cual el trabajador no podía disponer hasta la extinción del contrato de trabajo, pues su finalidad es cubrir las contingencias del desempleo.

Así, tenemos que la CTS es un beneficio social que se paga 2 veces al año en los meses de mayo y noviembre, y cuyo monto variará según el régimen laboral de la empresa en la que trabajes: micro, pequeña, mediana o gran empresa.

La visión de la CTS como seguro de desempleo dio un giro a partir del año 2015 con la emisión de la Ley N° 30334, a través de la cual se habilitó que los trabajadores pudieran disponer libremente de los depósitos de su CTS, siempre que se mantenga intangible un monto no menor de 4 remuneraciones en la cuenta de CTS (esto, con la finalidad de no desnaturalizar tanto el beneficio).

Pero ¡oh, sorpresa! Este no fue el único cambio brusco que sufrió la CTS. A raíz del inicio de la pandemia, en marzo de 2020 se aprobó mediante Decreto de Urgencia N° 033-2020 que los trabajadores pudieran disponer del monto intangible de las 4 remuneraciones hasta por el monto de S/2,400, con la finalidad de favorecer la situación económica de las familias en vista de las malditas cuarentenas.

Hubo por ahí alguna que otra medida adicional; sin embargo, la última es la más radical de todas.

Fuente: elcato.org

El pasado 23 de abril se publicó en el Diario Oficial El Peruano la controvertida Ley N° 31171, que autoriza la libre disposición del 100% de los depósitos de la CTS efectuados en las entidades financieras, acumulados hasta la fecha de retiro.

Esta disposición tiene por finalidad que las personas utilicen dichos fondos para cubrir las necesidades económicas originadas por el COVID-19.

Entrando en materia, ¿cuáles son los pros y contras que conlleva el retiro del 100% de la CTS?

PROS:

  • Dinero en el bolsillo de las familias: El beneficio principal y el más evidente que trae el retiro del 100% de la CTS es que los trabajadores que retiren el dinero podrán cubrir las necesidades que los apremian, sobre todo en el contexto de crisis actual.
  • Dinamización de la economía: La entrada de cash se traducirá en consumo, lo cual hasta cierto punto dinamizará la demanda de bienes y servicios (a pesar de no ser compatible con la finalidad de la CTS).
Fuente: Freepik

CONTRAS:

Lamentablemente, como todo en la vida, hay contras. Y no son muy agradables.

  • La pérdida de empleos es el pan de cada día en el Perú, ante la profunda crisis económica y sanitaria que estamos atravesando. Justamente la CTS fue creada con la finalidad de servir como colchón para los trabajadores que perdieran el trabajo. Sin perjuicio de que a la fecha el concepto de CTS ha cambiado, el hecho de que tuvieras al menos un guardadito de 4 remuneraciones en tu cuenta de CTS te aseguraba 4 meses de sueldo después de perder el trabajo. Ahora, con el retiro del 100% de la CTS, de retirar todos los fondos los trabajadores se verían desprotegidos ante una eventual pérdida del empleo.
  • La medida únicamente favorecería a los peruanos que tienen un empleo formal, que equivale a menos de ¼ de la PEA (población económicamente activa). Solo 3,5 de los 17 millones de peruanos que trabajan son formales y no son precisamente los más afectados, pues el marco de la formalidad otorga cierta estabilidad.
  • Riesgo de quiebra a entidades del Sistema Financiero: Jorge Mogrovejo, Superintendente de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) advirtió que la medida afectaría la estabilidad del sistema financiero, puesto que hay al menos cinco entidades con montos de CTS mayores que sus activos líquidos.
  • Impacto en la inflación y economía familiar: El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), previa aprobación de la Ley, se mostró en contra de la misma, sosteniendo que los fondos de los depósitos de CTS hoy en el país equivalen a 20,000 millones de soles, por lo que si la iniciativa se ejecutara, potencialmente se podría trasladar dicho monto a la economía peruana, pudiendo impactar en el tipo de cambio y la inflación.
Fuente: iStock (creador: TeamOktopus)

Las consecuencias de la reciente medida comenzarán a manifestarse en las próximas semanas. Sin perjuicio de cuál sea la postura que adoptemos respecto a la liberación de la CTS y si sus consecuencias podrán ser controladas, lo cierto es que es una medida pensada para unos pocos, excluyendo a casi el 80% de la población peruana, que a estas alturas de la crisis sigue siendo es la más desprotegida.