Muchos hemos recibido en varias ocasiones llamadas y mensajes no deseados de bancos y empresas de telefonía móvil que, con el afán de promocionar sus servicios y/o productos, o con el objetivo de cobrar una deuda, se han convertido en un problema de nuestra vida cotidiana. Con la pandemia este problema solo se ha incrementado, lo que se traduce muchas veces en llamadas en horarios y días prohibidos. 

En ese sentido, algunas personas optan por no contestar llamadas de números desconocidos, pero otras se cuestionan qué pueden hacer para evitar estas llamadas tan molestas. Así, en las próximas líneas explicaremos cuales son las opciones que tenemos como consumidores para evitar ser bombardeados con llamadas no deseadas.

En primer lugar, es preciso tener en cuenta que en nuestro país se prohíben las llamadas publicitarias, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos comerciales que no hayan sido previa y expresamente autorizados por el consumidor, según el artículo 58° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Fuente: W Radio

Del mismo modo, el numeral 58.1, literal e), señala que el envío de comunicaciones (mensajes o llamadas) promocionales, sin la previa autorización de los consumidores, califica como un método comercial agresivo. Por lo tanto, los proveedores de servicios no pueden llevar a cabo prácticas que afecten de forma significativa la libertad de elección de los consumidores a través de figuras como el acoso, coacción o la influencia indebida.

Entonces, está prohibido el uso de prácticas que limiten nuestra libertad de elegir. El empleo de call centers, envío de mensajes de texto o correos electrónicos masivos está permitido, siempre que se haya brindado el consentimiento previo. Sin embargo, este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento por parte del consumidor.

A pesar de estas restricciones, el problema persiste. Por lo que toca hacernos la siguiente pregunta: ¿Qué hacer ante una llamada sin consentimiento que nos ofrece productos y/o servicios?

Los consumidores y ciudadanos en general tenemos a nuestra disposición los siguientes canales de comunicación para reportar situaciones que nos pudiera afectar. Así, tenemos lo siguiente:

  • Formulario web ‘Vigilancia Ciudadana’: https://cutt.ly/jjW4l8m, para colaborar con el Indecopi reportando cualquier incidente que podría afectar los derechos de los consumidores.
  • Servicio de Atención al Ciudadano 224 7777, para Lima, y el 0 800 4 4040, para regiones.
  • Correo electrónico: [email protected] para consultas y reclamos.

La otra opción es comunicarnos de forma directa con la empresa responsable, si la hemos identificado previamente, para exigirle que retire nuestros datos personales de su registro y/o cese el envío de publicidad a través de llamadas o mensajes electrónicos.

¡¡OJO a este punto para que no nos sorprendan!! La empresa está obligada a cumplir con lo solicitado.

En este punto, podríamos hablar un poquito sobre cómo hacer uso de nuestros derechos ARCO, pero antes ¿qué debemos entender por derechos ARCO?

Los derechos ARCO son un conjunto de derechos que velan por la protección de los datos personales, permitiéndonos controlar  nuestra información personal. Para ello, la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales (LPDT) prevé derechos que nos permiten exigir que nuestros datos personales sean tratados adecuadamente.

Con los derechos ARCO se generar solicitudes respecto a los siguientes derechos:

  1. Derecho de acceso: Toda persona tiene derecho a obtener la información sobre sí mismo que sea objeto de tratamiento en cualquier banco de datos, la forma en que sus datos fueron recopilados, las razones que motivaron su recopilación y a solicitud de quién se realizó la recopilación, así como las transferencias realizadas o qué se prevé hacer de ellos.
  2. Derecho de rectificación: Es el derecho que tiene todo titular de datos personales, el cual le permite modificar los datos que resulten ser parcial o totalmente inexactos, incompletos, erróneos o falsos. También conocido como derecho de actualización e inclusión.
  3. Derecho de cancelación: El titular de los datos personales podrá solicitar la supresión o cancelación de sus datos personales cuando: (i) Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recopilados y (ii) haya vencido el plazo establecido para su tratamiento.
  4. Derecho de oposición: Toda persona tiene la posibilidad de, en caso estén usando tus datos personales para otros motivos no permitidos, pueda generar una solicitud para restringir su uso, siempre que por una ley no se disponga lo contrario.
Fuente: Tridoc

En caso de poder identificar a la empresa que entabla la comunicación en representación de la anunciante (lo cual puede preguntarse incluso durante la misma llamada), el consumidor puede dirigirse a esta, a fin de solicitar información sobre la obtención de sus datos personales y finalidades del tratamiento realizado por dicha empresa, así como otros pormenores, pudiendo solicitar luego la supresión de tales datos de los bancos de datos de esta empresa.

Lo anterior puede ponerse en práctica con el derecho de acceso, y con la restricción del tratamiento sobre una o algunas categorías de datos personales, como puede ser el número telefónico o el correo electrónico, que se recomienda en casos en los que la empresa anunciante mantenga un vínculo contractual con el titular.

Finalmente, se debe tener presente que uno de los aspectos más importantes para evitar esta clase de inconvenientes es leer de manera detenida los contratos u otros documentos digitales que acepten cuando naveguemos por internet o realicemos alguna transacción. Una lectura diligente de estos documentos podría evitarnos que autoricemos de forma involuntaria el envío de publicidad comercial.

Editado por Andrés Órdenes