Se acabó la cuarentena generalizada y más de medio país pensó que también se acabó la pandemia. Probablemente imaginaban empezar a hacer sus planes con sus amigos para jugar una “pichanguita” o una reu chiquita, pero la realidad es otra. Si eres uno de esos, agarra todavía tu mascarilla y tu alcohol en gel porque lo cierto es que el panorama no ha cambiado mucho y menos tiene pinta tiene de ser alentador.


Hace unas semanas, el país se paralizó por una serie de denuncias por parte de pacientes con COVID-19,que requerían del uso de unidades de cuidados intensivos (UCI), en contra de nuestra socialité de clínica privadas, al parecer más caras que las de Grey´s Anatomy o Dr. House. Estas habían llegado a cobrar montos excesivos de hasta S/ 500,000, y por si eso fuera poco, algunos pacientes ni siquiera salían del todo recuperados.

Como era de esperarse, en un país donde la tasa del desempleo ha crecido, los hospitales se encuentran completamente colapsados, las farmacias especulan sin un control realmente eficaz y los balones de oxígeno se han vuelto el bien nacional más preciado, conseguir un cupo en una clínica se volvió más sanguinario que los juegos del hambre.

Por otro lado, el Estado salió mediante su máximo exponente a la cabeza a poner en “orden a las cosas”, y conjuntamente con sus ministros ofrecieron llegar a un acuerdo con las clínicas privadas. ¿El resultado? Una rotunda negativa y un espaldazo del sector privado, en su legal pero quizá no tan justa libertad contractual, al peruano de a pie que se sube a su combi para ir a trabajar y que obviamente no tenía cómo pagar los S/ 500,000.,00 que con mucho gusto ellos hubieran querido seguir cobrando.

Fue así que el 24 de junio del 2020, nueva fecha histórica en el país, un mensaje a la nación puso los pelos de punta a más de un constitucionalista cuando el presidente amenazó con “expropiar” las clínicas privadas si en 48 horas estas no daban el sí, a la propuesta de EsSalud. Al instante, muchos opinólogos en la materia decían que jugar con esa figura era convocar a viejos fantasmas de la historia peruana (le hablan, General Velazco) mientras que otros decían que era completamente constitucional y hasta hablaban de una figura más amigable como la “administración” de estas solo por el período de la emergencia sanitaria.

En esta edición, te vamos a contar un poco más de la figura de la “expropiación” y de la “administración” que se proponía como alternativa, además de ver si las dos cumplían o no con el sustento legal necesario para ser aplicadas, antes del final feliz al que aparentemente llegamos con la aceptación de la propuesta planteada por el Seguro Social de Salud: el pago de una tarifa “plana” de S/ 55 000,00 soles sin importar el número de días que deba ser atendido un paciente que llegue desde los hospitales públicos.

Un poco más de la Expropiación

Para ello, es necesario entender que la figura de la expropiación es una
medida extrema que tiene el Estado para hacerse dueño de “bienes ajenos”[1].  ¿Y qué dice de todo esto el famoso artículo 70° de la constitución[2]?

Artículo 70.- Inviolabilidad del derecho de propiedad
El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio.

En vista del artículo, cabría ponernos a pensar un poco: ¿qué es lo que realmente quería el presidente: el inmueble en sí o los servicios médicos que prestan estas clínicas? Claramente si fuera lo segundo, no se podría hablar de expropiación: los servicios no son expropiables.

Pero si fuera lo primero, es decir, si hubiera querido solo los bienes (inmuebles y lo referido a las camas UCI), esto no hubiera ocurrido de la noche a la mañana solo porque suene bonito en un discurso. Al contrario, necesitaría una Ley de nuestro variopinto Congreso y el pago de injustiprecio, que en palabras simples hubiera a su vez requerido un desembolso de dinero del Estado y múltiples arbitrajes o procesos judiciales futuros a la vista.

Entonces, ¿podría haber expropiado el gobierno a las clínicas y haber tenido sustento constitucional? La respuesta es sí, pero ¿habría esto solucionado el problema de la falta de atención médica y una correcta organización de administración de recursos? Claramente, no.

¿Dónde está el verdadero problema con la amenaza de la expropiación? Pues en la inseguridad jurídica y económica que esta causa al sector privado, no solo del país sino de los miles de inversores que vamos a necesitar. Probablemente, se sientan menos atraídos a un país que cuando la soga ajusta el cuello, las fronteras de la propiedad privada aparentemente desaparecen.

Por otro lado, tal como lo dijo el abogado Álvaro Másquez Salvador, del Instituto de Defensa Legal, la ruta más corta para resolver este problema podrías ser la siguiente: la administración temporal de recursos. En esta opción, el Gobierno solo hubiera necesitado emitir un decreto supremo que establezca un tarifario de costos de los servicios en las clínicas, es decir, que se aplique el artículo 82 de la Ley General de Salud, según el cual el Ministerio de Salud puede disponer de todos los recursos médico-asistenciales tanto del sector público como del privado[3].

¿Y cúanto vale la salud de un peruano con Covid-19?

Entonces, habiendo quedado todo más claro, vemos que ambas opciones habrían sido viables. Sin embargo, aunque se llegó a buen puerto, ¿qué dificultaba que el Ejecutivo, EsSalud y las clínicas llegaran a un acuerdo?  Pues claramente fueron 2 factores:

  1. Que no existe actualmente una entidad pública que regule las tarifas de las clínicas, es decir, te cobran lo que quieren y cuando quieren. 
    Una prueba de ello es que Carlos Joo, vocero de la Asociación de clínicas privadas, señaló que estas habían pasado de cobrar por la atención en una cama UCI de S/ 3,500.00 a S/8,000.00 por el riesgo de los pacientes, dado que el Estado no les daba ninguna implementación.
  2. La facultad de poder establecer libremente los precios que pueden cobrarle al Estado, mediante el SIS, para tercerizar la atención que este no pueda dar abasto.

Y si te quedaste con la duda de cuanto había sido la propuesta que rechazaron las clínicas inicialmente, aquí te la mostramos:

Si bien inicialmente las clínicas aceptaron, estas rápidamente rompieron el acuerdo. Sin embargo, el final de cuento de hadas ya lo conocemos: consistió en el acuerdo de los S/ 55,000 de tarifa estándar. Se necesitó hasta un mediado y al mismo sucesor de Cipriani para que estas aceptaran el acuerdo sin muchos rodeos.

Si aún luego de leer esto te quedan ganas de salir innecesariamente de tu casa, es hora de romper el chanchito y ver si al menos alcanzas a la tarifa mínima, además de la suerte de conseguir una cama en la clínica más cercana. Recomendamos que te expongas lo mínimo necesario hasta que aparezca la vacuna o que sigas la moda de vestirse con mameluco.


[1] https://laley.pe/art/9865/pandemia-o-pandemonium-a-proposito-de-la-eventual-expropiacion-de-clinicas-privadas

[2] Constitución Política del Perú

[3] https://saludconlupa.com/noticias/por-que-las-clinicas-hacen-cobros-abusivos-y-el-estado-no-hace-reformas-de-fondo/