A pocos días de atragantarte con panetón Navidad, el Perú recibió una buena (¿o no?) noticia: habemus Junta Nacional de Justicia. Luego de más de un año de búsquedas, evasiones y tropiezos, la Comisión Especial logró encontrar a quienes tendrán la inmensa tarea de escoger y supervisar a los jueces y fiscales del Perú. Como dijo el tío Ben, con un gran poder, viene una gran responsabilidad.

Ha pasado tanto tiempo desde que venimos observando y criticando nuestro sistema de justicia, que probablemente sentimos que no hay vuelta atrás. ¿Cómo detectar y remover a tanto juez mañoso, corrompido y corrompible, a tanto hermanito? Pues la aprobación de la última reforma constitucional parece encender una chispa de esperanza: ha llegado la Junta Nacional de Justicia.

El proceso de selección está indicado en su Ley Orgánica (30916, para los curiosos): se encuentra conformado por seis etapas, todas públicas a través de los medios de comunicación (TV, FB, YT, IG, Tik Tok, etc.), y con la posibilidad de que la población pueda aportar al mismo. Las fases son tal que así:

  1. Convocatoria: se publican las Bases del Concurso Público con todos los requisitos y descripciones de las funciones a desempeñar.
  2. Evaluación de conocimientos: básicamente, se quiere saber qué tanto el postulantemaneja diversas áreas del derecho; idealmente, mostrará dominio sobre ellas.
  3. Evaluación del currículum: con un sistema de puntaje, se califica cada mérito que haya sido acreditado con documentos, tomando en cuenta capacitaciones, investigaciones, publicaciones en revistas indexadas, experiencia profesional, etc.
  4. Pruebas de confianza: estas constan de una prueba patrimonial, una socioeconómica y otra psicológica-psicométrica, con el objeto de verificar que el postulante cumpla con el perfil requerido.
  5. Entrevista personal: la idea es indagar en las perspectivas que el postulante tiene del sistema de justicia, su experiencia profesional y, en general, aptitud para el cargo.
  6. Publicación del cuadro de méritos: se pone en conocimiento de los ciudadanos el top de los aplicantes, con sus puntajes en cada etapa.

Todo esto está disponible en la web de la Comisión Especial, por si quieren dejar el plan H no están llevando veranito y tienen tiempo y ganas: http://www.comisionespecialjnj.gob.pe/

Pero, ¿qué novedad nos trae la JNJ? Recordemos que este “nuevo” organismo constitucional autónomo es el reemplazo del putrefacto Consejo Nacional de la Magistratura. Dentro de las funciones claves, la JNJ nombra a los jueces y fiscales de todos los niveles (supremos, superiores, etc.), los ratifica cada siete años, los sanciona (suspende o destituye, según la jerarquía), mantiene un Registro de Sanciones y nombra a los jefes del RENIEC y ONPE.

Paréntesis: un organismo constitucional autónomo es una institución independiente, no sujeta al control de los clásicos poderes (Legislativo, Judicial y Ejecutivo) ni a ningún otro. En el Perú, los OCA son diez: Ministerio Público, Junta Nacional de Justicia (ex CNM), Tribunal Constitucional, Defensoría del Pueblo, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Organismo Nacional de Procesos Electorales, Jurado Nacional de Elecciones, Contraloría General de la República, Superintendencia de Banca y Seguros y el Banco Central de Reserva. Así es, amigos; por más protagonismo que tengan el INDECOPI y la SUNAT, estos no fueron creados por la constitución, por lo que bastaría una ley para desactivarlos. El resto requeriría una reforma constitucional para ello.

Volviendo a lo nuestro, la JNJ sí trae algunas buenas intenciones novedades. Primero, para nombrar jueces y fiscales, es necesario motivar y publicar el sentido del voto; o sea, sabremos quién votó por tal o cual hermanito magistrado y por qué (justificación), además que será un requisito que se dé por dos tercios del número legal de miembros de la Junta. El voto público y motivado también será requerido para la ratificación de jueces y fiscales, junto a una evaluación que realizará en colaboración con la Academia de la Magistratura #ParcialesYFinales. Esto se complementa con la facultad de poder destituir a jueces y fiscales de todos los niveles. Asimismo, podrán remover a los Jefes de la ONPE y el RENIEC. En general, se ha reforzado la naturaleza transparente que debería tener cualquier proceso de selección en el sector público, más aún si se trata de quienes integran el Poder Judicial y Ministerio Público, instituciones tan venidas a menos en los últimos tiempos.

Dato interesante: los miembros de esta Junta tendrán todos los privilegios y gollerías derechos y beneficios de los Jueces Supremos. Esto incluye un auto de alta gama (Lexus, probablemente), chófer (esperamos que aprovechen el tiempo) y gasolina (ojalá no la re-vendan por ahí). Y, por si fuera poco, un salario mensual de S/ 35 mil. Toca cuestionarnos sobre la relevancia y complejidad del cargo, y sopesar si es o no necesario condiciones de trabajo como esas, sobre todo en esta composición en particular, con dos miembros que registran más de 30 llamadas con Hinostroza y otros involucrados en sus fechorías.

Edición: Raisa Escudero